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FAVOR DE LLENAR TODOS LOS ENCASILLADOS

Reglas cancelaciones:

*solo con 48 horas antes

No respectar las reglas : $40 penalizacion cualquier futuro servicio con nosotros.

LEY HIPPA

 

Notificación Sobre Nuestras Practicas de Privacidad

La práctica de la psicología esta regulada tanto por procesos legales así como por los códigos de ética que rigen la licenciatura de proveedores de salud y Asociación de Psicología de Puerto Rico y Asociación Americana.

Nuestra práctica de servicios psicológicos y de psicoterapia están sustentados por estas regulaciones y consideraciones éticas y los derechos de los pacientes.  Esto incluye la ley 408 conocida como Ley de Salud Mental de Puerto Rico, La ley federal Hippa traducida al español como Ley Federal de Portabilidad y Responsabilidad de Servicios de Salud, aprobada por el gobierno federal.

Estas leyes y sus derechos así como los cánones de ética de la profesión son una manera en que se proteja y promueve la dignidad del ser humano mientras recibe servicios de tratamiento y rehabilitación.

La ley Hippa requiere que expongamos por escrito las practicas de privacidad.

I - Cómo podemos usar y divulgar su información:

A – Usos y divulgaciones que requieren su autorización:

Se divulgara información del expediente que usted autorice por escrito. Usted autorizara el contenido de la información que se proveerá, a quién corresponda, los propósitos de dicha información y el tiempo en que esa información protegida debe autorizarse.  Usted puede revocar las autorizaciones en cualquier momento o poner fecha limite o condiciones particulares.  Este tipo de divulgación autorizada formalmente escrito por usted incluye:

1- Para Tratamiento

Facilitar información a médicos y otros profesionales de la salud que estén envueltos en su tratamiento. Se podrá divulgar información médica a personas que están comprometidos con los cuidados de salud que usted pueda necesitar o que le proveen de otros servicios que forman parte del tratamiento.

2- Para Reembolsos.

Certificación de servicios y tratamientos recibidos, diagnósticos y honorarios pagados para que usted lo presente al plan de salud y pedir reembolso por los servicios que ya usted pagó.

II – Usos y divulgaciones para los cuales no se require autorización:

A - La ley nos permite usar y/o divulgar su información de salud protegida sin su autorización en las siguientes circunstancias:

1 – Cuando es requerido por ley

Debemos divulgar información cuando la ley nos requiera que demos información:

a – Sobre sospecha de abuso, negligencia o violencias a menores, ancianos, o incapacitados.

b – En respuesta a una orden tribunal.

2 - Para prevenir amenazas serias de salud y/o seguridad pública

a – Si usted amenaza con suicidarse o con matar a otro, o hacer daño a terceras personas, tal información sera revelada únicamente a quienes pudieran prevenir dicha amenaza.

3 – A familia y/o otras personas que estén directamente envueltas en su cuidado

a - Podemos compartir con estas personas informacón directamente relacionada con su seguridad, en caso de cualquier amenaza a la vida.

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